Normas de iluminación en México
El gobierno de México ha creado el distintivo NOM para la Norma Oficial Mexicana, este símbolo permite al consumidor constatar que los productos o servicios cumplen con las normas oficiales de nuestro país. El cumplimiento de las NOM es obligatorio para los productos, fabricantes, importadores y prestadores de servicio.
El sello de la NOM se obtiene mediante la evaluación realizada por un organismo de certificación, el cuál revisa la información técnica y las pruebas realizadas en los laboratorio acreditados para corroborar el cumplimiento de la NOM de interés.
Para el tema de iluminación existen unas NOM que rigen los niveles de iluminación, uniformidad y reflectividad del sistema de alumbrado para distintas áreas, existen otras que rigen la eficacia de las lámparas y luminarias y otras relacionadas que certifican los componentes e instalaciones eléctricas relacionadas con los equipos de iluminación.
Para temas de diseño de sistemas de alumbrado las normas más importantes son las siguientes tres, puedes hacer clic en los nombres para ir a un resumen de cada una:
- NOM-025-STPS-2008: Condiciones de iluminación en los centros de trabajo.
- NOM-007-ENER-2014, Eficiencia energética en sistemas de alumbrado en edificios no residenciales.
- NOM-013-ENER-2013, Eficiencia energética para sistemas de alumbrado en vialidades.
Las normas que rigen las luminarias y lámparas se enlistan a continuación, puedes hacer clic en los títulos para descargar la norma completa.
- NOM-017-ENER/SCFI-2012, Eficiencia energética y requisitos de seguridad de lámparas fluorescentes compactas autobalastradas. Límites y métodos de prueba
- NOM-028-ENER-2010, Eficiencia energética de lámparas para uso general. Límites y métodos de prueba.
- NOM-030-ENER-2016, Eficacia luminosa de lámparas de diodos emisores de luz (led) integradas para iluminación general. Límites y métodos de prueba.
- NOM-031-ENER-2012, Eficiencia energética para luminarios con diodos emisores de luz (leds) destinados a vialidades y áreas exteriores públicas. Especificaciones y métodos de prueba.
- NOM-058-SCFI-2017, Controladores para fuentes luminosas artificiales, con propósitos de iluminación en general - Especificaciones de seguridad y métodos de prueba
- NOM-064-SCFI-2000, Productos eléctricos-Luminarios para uso en interiores y exteriores-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba.
- NOM-001-SEDE-2012, Instalaciones Eléctricas
Esta norma la emite la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y establece los niveles de iluminación en las áreas de los centros de trabajo para que se cuente con el nivel de iluminación adecuado, con el fin de proveer un ambiente seguro y saludable. El principal parámetro que presenta esta NOM es el nivel promedio mínimo de iluminancia en luxes, los cuales se definen en la siguiente tabla:
Tarea Visual del Puesto de Trabajo | Área de Trabajo | Niveles Mínimos de Iluminación (luxes) |
---|---|---|
En exteriores: distinguir el área de tránsito, desplazarse caminando, vigilancia, movimiento de vehículos. | Exteriores generales: patios y estacionamientos. | 20 |
En interiores: distinguir el área de tránsito, desplazarse caminando, vigilancia, movimiento de vehículos. | Interiores generales: almacenes de poco movimiento, pasillos, escaleras, estacionamientos cubiertos, labores en minas subterráneas, iluminación de emergencia. | 50 |
En interiores | Áreas de circulación y pasillos; salas de espera; salas de descanso; cuartos de almacén; plataformas; cuartos de calderas. | 100 |
Requerimiento visual simple: inspección visual, recuento de piezas, trabajo en banco y máquina. | Servicios al personal: almacenaje rudo, recepción y despacho, casetas de vigilancia, cuartos de compresores y pailería. | 200 |
Distinción moderada de detalles: ensamble simple, trabajo medio en banco y máquina, inspección simple, empaque y trabajos de oficina | Talleres: áreas de empaque y ensamble, aulas y oficinas | 300 |
Distinción clara de detalles: maquinado y acabados delicados, ensamble de inspección moderadamente difícil, captura y procesamiento de información, manejo de instrumentos y equipo de laboratorio. | Talleres de precisión: salas de cómputo, áreas de dibujo, laboratorios | 500 |
Distinción fina de detalles: maquinado de precisión, ensamble e inspección de trabajos delicados, manejo de instrumentos y equipo de precisión, manejo de piezas pequeñas. | Talleres de alta precisión: de pintura y acabado de superficies y laboratorios de control de calidad. | 750 |
Alta exactitud en la distinción de detalles: ensamble, proceso e inspección de piezas pequeñas y complejas, acabado con pulidos finos | Proceso: ensamble e inspección de piezas complejas y acabados con pulidos finos. | 1000 |
Alto grado de especialización en la distinción de detalles. | Proceso de gran exactitud. Ejecución de tareas visuales: - de bajo contraste y tamaño muy pequeño por periodos prolongados; - exactas y muy prolongadas, y - muy especiales de extremadamente bajo contraste y pequeño tamaño. | 2000 |
Adicionalmente establece la información que se debe de recopilar en un centro de trabajo al realizar un reconocimiento de las condiciones de iluminación, la forma de evaluar los niveles de iluminación, los niveles máximos permisibles del factor de reflexión y la forma de calcularlo, las medidas de control que se deben de tomar para evitar el deslumbramiento, las consideraciones que se deben de tener en el mantenimiento de las luminarias y el contenido de del reporte de un estudio de iluminación, así como otros temas necesarios para garantizar el cumplimiento de la norma.
Si deseas más información sobre esta norma o requieres un proyecto de iluminación para garantizar el cumplimiento de esta norma no dudes en contactarnos al número (669) 985-0988, (669) 163-5681 o al correo: mauricio@138.197.201.4.
Descarga la norma completa NOM-025-STPS-2008 aquí
Esta norma la expide la Secretaría de Energía y sus objetivos principales son:
Establecer los niveles de eficiencia energética en función de la Densidad de Potencia Eléctrica para Alumbrado (DPEA) que deben de cumplir los sistemas de iluminación en edificios no residenciales para garantizar el uso eficiente de la energía eléctrica.
El método para determinar la DPEA con el objetivo de verificar el cumplimiento de la NOM.
Esta norma se aplica a los edificios con una carga conectada mayor o igual a 3 kW, cuyos usos sean: oficinas, escuelas y demás centros docentes, establecimiento comerciales, hospitales, hoteles, restaurantes, bodegas, recreación y cultura, talleres de servicio y centrales de pasajeros. La norma se aplica para construcciones nuevas y a las ampliaciones o modificaciones de edificaciones ya existentes.
Los valores de densidad de potencia eléctrica con el que debe de cumplir el alumbrado interior para cada tipo de edificación se definen en la siguiente tabla:
Tipo de edificio | DPEA (W/m2) |
---|---|
Oficinas | |
Oficinas | 12 |
Escuelas y demás centros docentes | |
Escuelas o instituciones educativas | 14 |
Bibliotecas | 15 |
Establecimientos comerciales | |
Tiendas de autoservicio, departamentales y de especialidades | 15 |
Hospitales | |
Hospitales, sanatorios y clínicas | 14 |
Hoteles | |
Hoteles | 12 |
Moteles | 14 |
Restaurantes | |
Bares | 14 |
Cafeterías y venta de comida rápida | 15 |
Restaurantes | 14 |
Bodegas | |
Bodegas o áreas de almacenamiento | 10 |
Recreación y Cultura | |
Salas de cine | 12 |
Teatros | 15 |
Centros de convenciones | 15 |
Gimnasios y centros deportivos | 14 |
Museos | 14 |
Templos | 14 |
Talleres de servicios | |
Talleres de servicio para automóviles | 11 |
Talleres | 15 |
Carga y pasaje | |
Centrales y terminales de transporte de carga | 10 |
Centrales y terminales de transporte de pasajeros, aéreas y terrestres | 13 |
Las áreas exteriores de los edificios incluidos en esta norma deben de cumplir con una DPEA máxima de 1.3 W/m2.
Para los estacionamiento cubiertos, cerrados o techados que formen parte de los edificios cubiertos por esta norma la DPEA debe de cumplir con los establecido en el inciso 6.2 Estacionamiento públicos de la NOM-013-ENER-2013 vigente o la que la sustituya.
En la NOM también se establecen los criterios de aceptación, el método de cálculo, la vigilancia de la norma, la evaluación de conformidad, las definiciones, entre otra información relevante para el cumplimiento de la norma.
Así mismo se incluye un anexo con una tabla más detallada de los valores de la DPEA para diferentes espacios pertenecientes a diferentes tipos de edificio, estos valores se presentan con el fin de orientar sobre el desglose que se está analizando considerar a futuro en las normas.
Descarga la NOM-007-ENER-2014 completa aquí
Esta norma tiene como objetivos:
Establecer los niveles de eficiencia energética en función de la Densidad de Potencia Eléctrica para Alumbrado en W/m2 y
Establecer los valores mínimos de iluminanción promedio en luxes y de uniformidad, en las diferentes aplicaciones que se indican en la NOM.
La norma se aplica a todos los sistemas nuevos de iluminación para vialidades y estacionamientos públicos abiertos, cerrados o techados, así como a las modificaciones o ampliaciones de instalaciones ya existentes.
Para definir los valores permisibles la norma establece las siguientes clasificaciones por tipo de vialidad o estacionamiento:
Vialidades
Autopistas y carreteras
Vías de acceso controlado y vías rápidas
Vías principales y ejes viales
Vías primarias y colectoras
Vías secundarias
Estacionamientos públicos
Abiertos
Cerrados o techados
Para las vialidades también se clasifican según el tipo de pavimento, las lo cual se establece la siguiente nomenclatura:
R1
R2
R3
R4
Para conocer los valores permisibles y la definición de lo tipos de pavimento puedes descarga la NOM aquí
Para el caso de las vialidades iluminadas con superpostes define lo siguientes valores de DPEA:
Área a iluminar (m2) | Densidad de potencia eléctrica para alumbrado (W/m2) |
---|---|
< 2 500 | 0.52 |
de 2 500 a < 5 000 | 0.49 |
de 5 000 a 12 500 | 0.46 |
> 12 500 | 0.44 |
Para los estacionamientos públicos abiertos se definen lo siguientes valores de iluminancia mínima promedio (E) en luxes, relación de uniformidad máxima (Eprom/Emin) y de la DPEA en W/m2:
Área a iluminar (m2) | Eprom (lx) | Uniformidad | DPEA (W/m2) |
---|---|---|---|
< 300 | 25 | 4 a 1 | 1.80 |
de 300 a < 500 | 1.62 | ||
de 500 a < 1,000 | 1.11 | ||
de 1,000 a < 1,500 | 1.08 | ||
de 1,500 a < 2,000 | 0.89 | ||
> 2,000 | 0.88 |
Para los estacionamientos cerrados o techados se establecen lo siguientes valores permisibles:
Turno | Area general de estacionamiento y peatonal | Cuestas rampas | Accesos | Escaleras |
---|---|---|---|---|
Diruno | 54 lx | 110 lx | 540 lx | 200 lx |
Nocturno | 54 lx | 54 lx | 54 lx | 200 lx |
DPEA | 3 W/m2 | NA | NA | NA |